Crónica de un Ordenamiento Obsoleto - Caso Cartagena
- Ernesto Gutierrez Castillo

- 9 jul 2020
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 29 jul 2020
Por Ernesto Gutierrez Castillo.
Abogado en derecho Urbanístico, Inmobiliario y Administrativo.
Web: www.eglegal.co Contacto: info@eglegal.co
También disponible en el Periódico El Universal: https://www.eluniversal.com.co/opinion/columna/cronica-de-un-ordenamiento-obsoleto-AH3090424
El ordenamiento territorial de Cartagena está completamente vencido y pide a gritos su actualización.
Si bien algunos saben a lo que me refiero con dicha frase, la gran mayoría de cartageneros y colombianos no. Por ello, con el objetivo de ilustrarlos de la manera mas sencilla posible y teñidos de una opinión profesional y personal, presentaré los hechos más importantes en materia de ordenamiento territorial, que han llevado a la ciudad a su situación actual.
I. UN POT VENCIDO.
La situación empieza con el vencimiento de nuestro instrumento urbanístico por excelencia desde hace más de 6 años. Me refiero al Plan de Ordenamiento Territorial-POT-, expedido en el año 2001, cuyo objetivo es ordenar físicamente el territorio del distrito y establecer sus políticas de desarrollo.
Su POT por ser de la “primera generación”, es decir, el primero que se expidió en Cartagena después de que la ley 388 de 1997 le ordenara a los municipios y distritos expedirlos, tuvo como es normal una serie de puntos que ameritaban su corrección. En él, quedó plasmada la primera intención de ordenar el territorio y, en mi opinión, los errores cometidos fueron más en su ejecución que en su formulación.
Como cuando se es padre por primera vez, que se aprende a la ardua tarea de criar a un hijo sin saber mucho del tema, así, el Decreto 0977 de 2001 (POT), fue el primer hijo de Cartagena. Y aunque fue criado con esmero, a medida que pasaba el tiempo se le iba saliendo de las manos.
II. CIRCULARES DISFRAZADAS DE DECRETOS Y DE ACUERDOS.
Ante la rigidez de las normas que regulan la modificación de los POT, este era objeto en algunos casos, de modificaciones erradas mediante un mecanismo denominado por la ley como “Circulares”. Estas, no son mas que una herramienta de interpretación para aquellos casos específicos en donde después de un análisis juicioso por parte de las autoridades de planeación, se llega a la conclusión de que no hay norma aplicable al caso concreto, o que existe una contradicción entre dos o más normas aplicables. Pero este mecanismo, jamás debe ser utilizado para modificar en lo más mínimo un POT. Es como si se modificara la Constitución Política por medio de una sentencia de la Corte Constitucional.
Consuetudinariamente en la ciudad, las circulares han venido siendo aplicadas y expedidas, lo que le abrió la puerta a la ambigüedad e informalidad en la aplicación de las normas urbanísticas.
Sin embargo, a pesar de esto, han sido estas circulares las que de alguna u otra manera, han apagado algunos incendios producidos por una norma que ya está vencida y por la pereza administrativa y política de no realizar las revisiones de los POT en la forma en que la ley lo exige.
III. UNA MODIFICACIÓN FALLIDA.
En el año 2007, en un intento medianamente fallido de modificar y actualizar el POT, se expidió el Acuerdo 033. Y digo medianamente fallido por que estuvo vigente hasta que fue confirmado como nulo por el Consejo de Estado en segunda instancia, mediante un fallo del 18 de octubre del 2019, particularmente por no garantizar la debida participación ciudadana y por vicios en su procedimiento.
Durante el tiempo que estuvo vigente, logró ser aplicado y estableció entre otras cosas, el cambio de suelos rurales ubicados en el corregimiento de Pasacaballos y en la zona insular de Barú, a suelos de expansión urbana, produciendo el desarrollo industrial en dichas zonas. Lo anterior, fue objeto de críticas fundadas en que los mencionados suelos debían ser conservados por sus características ambientales, en la ausencia de una consulta ciudadana, entre otras.
Basadas en dicho acuerdo, se expidieron nuevamente una serie de circulares que más allá de interpretar la norma para casos específicos, lo que hacían era modificarlo en alguna medida. Estas circulares, que traían consigo una interpretación beneficiosa para el desarrollo inmobiliario, también se cayeron junto con el acuerdo 033, en virtud del principio que dice que “lo accesorio sigue la suerte de lo principal”.
La caída del acuerdo 033 y de sus hijas -las circulares-, dejaron como consecuencia un “vacío” normativo, creando una incertidumbre respecto al desarrollo en materia de vivienda. También, dejó totalmente vigente su primer hijo, el Decreto 0977 de 2001, aunque ya bastante mayor de edad, es el que hay que aplicar.
IV. LA SOLUCIÓN.
Después de varios intentos, estudios, contratos y debates para resolver esta situación, la solución es la REVISIÓN GENERAL del POT. Y no porque yo lo diga, sino porque la ley lo dice y la ciudad lo pide.
Otras soluciones son presentadas sobre la mesa, pero ninguna es mejor y más eficiente que la mencionada. Por ejemplo, este año se ha propuesto una revisión excepcional, que es aquella modificación que recae solamente sobre algunas normas del POT para asegurar la consecución de sus objetivos del largo plazo. Dicha revisión, no permite la modificación entera del instrumento cuando está completamente vencido, como lo es en nuestro caso, y ello, nos obliga a utilizar la revisión general. También se ha propuesto la expedición de otras circulares para seguir apagando incendios, pero todas estas propuestas no resolverán de lleno la problemática actual y no le permitirán a la ciudad proyectarse y planificarse a la altura que se merece.
Cartagena se encuentra frente a un escenario inmejorable para lograr este objetivo. Estamos frente al inicio de una administración en donde puede coincidir la expedición del Plan de Desarrollo (ya aprobado), el POT y el PEMP (Plan Especial de Manejo y Protección), situación que puede permitir algo soñado por todas las ciudades, y es poder expedir tres grandes instrumentos de manera articulada, que bien estructurados y coherentes, impulsarán el desarrollo tan anhelado.




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